Vehículos

Pico y placa en Bogotá: estos vehículos y personas pueden tramitar excepción a la medida; es inmediata

Es necesario tener SOAT y revisión técnico-mecánica vigentes para poder aplicar a la excepción de pico y placa.

21 de junio de 2025, 1:38 p. m.
El Pico y Placa Regional entra en vigor desde las 4:00 p.m., permitiendo solo el ingreso de vehículos con placas impares.
El pico y placa en Bogotá tiene varias excepciones. | Foto: Tomado de x @SectorMovilidad

El pico y placa es una medida que busca regular la movilidad y disminuir la congestión vehicular limitando la circulación de algunos vehículos según el último numero de su matrícula o placa.

En Bogotá, por ejemplo, la norma está diseñada para que los vehículos, cuya placa termine en cierto número, no puedan circular los días pares o impares:

  • Días impares: pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Días pares: pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.  
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Los vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad pueden tramitar la excepción para pico y placa. | Foto: Getty Images

Sin embargo, hay algunas excepciones a la norma según el tipo de vehículo o las condiciones de salud de las personas, algo calve para poder tramitar un permiso especial y poder sacar su vehículo sin importar la restricción.

¿Quiénes pueden tramitar excepciones al pico y placa?

Las personas con discapacidad pueden quedar exentas de la medida de pico y placa, siempre que registren su vehículo y cumplan con los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM).

Una de las excepciones contempladas en la norma (artículo 5 del Decreto Distrital 003 de 2023), es la de vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad, la cual es automática, ya que una vez el ciudadano realice la inscripción y cumpla con los requisitos, la excepción podrá ser consultada de inmediato.

El registro de vehículos para personas con discapacidad es permanente. Sin embargo, el sistema anualmente válida en línea que el vehículo cuente con el SOAT y la revisión técnico mecánica vigentes, y con la Registraduría Nacional del Estado Civil verifica que el documento de identidad de la persona con discapacidad corresponda a persona viva.

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Diferentes ciudades le apuestan a promover medidas inclusivas para la movilidad de las personas con discapacidad. | Foto: alcaldía de Barranquilla

Es requisito fundamental para obtener este beneficio, que la persona propietaria del vehículo esté inscrita en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD), de conformidad con lo establecido en la Resolución 113 de 2020, expedida por el Ministerio de Salud.

“Con esta medida, la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) busca la promoción de una movilidad incluyente y que reconozca los derechos de las personas con discapacidad en Bogotá“, señala la entidad.

Pasos para solicitar la excepción de pico y placa por discapacidad

  1. Ingresar a www.movilidadbogota.gov.co y luego al botón ‘Registro de exceptuados de Pico y Placa’.
  2. Registrar los datos en la plataforma virtual.
  3. Diligenciar la solicitud de excepción.
  4. El sistema, de manera autónoma, validará con el RUNT la vigencia de la Revisión Técnico Mecánica RTM, el SOAT, así como los datos de la persona con discapacidad y arrojará una respuesta automática en línea.
  5. Para verificar la activación de la excepción, la persona deberá ingresar a www.movilidadbogota.gov.co, botón ‘Consulta de vehículos exceptuados’.

En caso de ser negado el trámite de inscripción, el sistema le notificará a la persona, a través de su dirección de correo electrónico, el rechazo de su solicitud.

Pico y placa en Bogotá.
La excepción es automática una ves se tramite en la página web de la Secretaría de Movilidad. | Foto: Colprensa - Camila Díaz.

Es importante tener en cuenta que para la excepción de vehículos para uso de personas con discapacidad, sólo se podrán inscribir vehículos que se encuentren matriculados o registrados en Bogotá y en los municipios de Bojacá, Cajicá, Chía, Cogua, Cota, El Rosal, Facatativá, Funza, Gachancipá, La Calera, Madrid, Mosquera, Nemocón, Soacha, Sibaté, Sopó, Subachoque, Tabio, Tenjo, Tocancipá, Zipacón y Zipaquirá, siempre que exista en dicho municipio un organismo de tránsito.