Vehículos
Quiénes deben pagar el impuesto de semaforización: revise y evite sorpresas
Este impuesto es obligatorio y no tiene ningún tipo de descuento por pronto pago.
Con el pago de los impuestos es necesario que quien realice la liquidación tenga en cuenta el aporte a la semaforización, obligación que no se puede dejar de pagar y que su evasión genera multas y sanciones.
Este impuesto corresponde a cada municipio y su objetivo es el de mantener actualizada y en buen estado la red semafórica de esa zona, razón por la que todos los vehículos deben pagarlo sin importar su cilindraje ni modelo.
En este orden de ideas, los propietarios, tanto de motos, como carros, camionetas, camperos, camiones y demás vehículos, deben hacerse cargo de este pago, el cual, en algunos casos, estará incluido dentro de la liquidación que se haga para pagar dicho impuesto.
Es preciso señalar que la creación de este rubro está a discreción de las autoridades regionales, por ende, hay ciudades o municipios donde no existe este cobro; sin embargo, en los pueblos aledaños, su pago sí es obligatorio.
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¿Cuánto vale el impuesto de semaforización en Bogotá?
Según la propia Secretaría de Hacienda de Bogotá, los derechos de semaforización equivalen, para 2025, a la suma de dos salarios mínimos diarios legales vigentes, la cual es de $ 77.350.
Este impuesto debe pagarse a la autoridad de tránsito de la ciudad donde se encuentra matriculado el vehículo y, por ejemplo, para el caso de la capital de la república no aplica ningún tipo de descuento, caso contrario a lo que sucede con el impuesto vehicular.
Para conocer el valor de este cobro, es necesario revisar la liquidación que se hace en el momento de intentar pagar el impuesto vehicular, pues la tarifa global ya incluye este rubro, razón por la que muchas veces las personas se encuentran al día, pero desconocen cuándo pagaron este valor.
Cabe señalar que el pago se puede hacer de manera anticipada o se puede esperar a que la factura del impuesto vehicular llegue a la dirección de domicilio registrada ante las autoridades de tránsito.
“La Dirección de Impuestos de Bogotá emplazará, a través de un edicto, a los sujetos pasivos del impuesto sobre vehículos automotores, una vez se reciban las bases gravables provenientes de las entidades oficiales competentes y a más tardar el 30 de abril de 2025. La Dirección de Impuestos de Bogotá expedirá las correspondientes facturas por concepto sobre vehículos automotores a más tardar el 30 de abril de 2025″, señala el distrito.
Fechas para pago de impuesto vehicular en Bogotá
Las autoridades de tránsito de Bogotá y Cundinamarca contemplan tres plazos para el pago del impuesto vehicular:
- Hasta el 24 de mayo de 2025: aplica el 10 % de descuento.
- Hasta el 28 de junio de 2025: se paga sin descuentos ni sanciones.
- A partir del 29 de junio de 2025: comienzan a correr sanciones e intereses.
Fechas para pago de impuesto vehicular en Medellín y Antioquia
- Hasta el 21 de abril de 2025: aplica el 10 % de descuento.
- Hasta el 21 de julio de 2025: se paga sin descuento ni sanciones.
- A partir del 22 de julio del 2025: comienzan a correr sanciones e intereses.
Fechas para pago de impuesto vehicular en Barranquilla y el Atlántico
- Hasta el 5 de julio del 2025: se paga sin descuento ni sanciones.
- A partir del 6 de julio del 2025: comienzan a correr sanciones e intereses.
Fechas para pago de impuesto vehicular en Ibagué y el Tolima
- Hasta el 30 de junio del 2025: se paga sin descuento ni sanciones.
- A partir del 29 de junio del 2025: comienzan a correr sanciones e intereses
Fechas para pago de impuesto vehicular en Cali y el Valle del Cauca
Para esta región del país, el impuesto se pagará según el número de la placa, por lo que se ha establecido el siguiente cronograma:
- 000 al 333: la fecha límite para pago sin descuento ni sanciones es el 28 de abril del 2025.
- 334 al 666: la fecha límite para pago sin descuento ni sanciones es el 31 de mayo del 2025.
- 667 al 999: la fecha límite para pago sin descuento ni sanciones es el 30 de junio del 2025.