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Respiro para los motociclistas: ya no podrán inmovilizar motos por infracciones menores; estas son las nuevas excepciones
El Congreso sancionó la Ley de Equilibrio Sancionatorio con la que se impide la inmovilización de las motos en ciertos casos.
El Congreso de la República sancionó, finalmente, la ley que impide la inmovilización de motocicletas por infracciones menores, algo que, desde varios sectores, ha sido calificado como una medida que permite la equidad y la igualdad a la hora de que las autoridades impongan las multas y las sanciones, esto, al considerar que el trato que se le daba a los propietarios de automóviles por las mismas faltas era diferente.
De hecho, el presidente del Senado, Efraín Cepeda, indicó que además de equilibrar ese aspecto, la sanción de esta nueva normatividad busca comprometer a los moteros para que su responsabilidad sea mucho mayor y contribuya a una mayor seguridad vial en el país.
“Saldamos una deuda de equidad con los motociclistas del país”. Hoy como Presidente del Congreso sancioné la Ley que acaba con las inmovilizaciones de motos por infracciones menores, generando con ello una mayor equidad frente a la normatividad que rige a los conductores de carros. El compromiso en adelante es avanzar hacia una mayor responsabilidad como conductores que contribuya a la seguridad vial.
El respiro para los motociclistas es evidente, pues mientras al conductor de un carro se le imponía una sanción económica por cierto tipo de multas, a los dueños de motos se les aplicaba el mismo procedimiento y, además, se les inmovilizaba el vehículo, lo que significaba un incremento desproporcionado a la hora de calcular los montos a pagar por la infracción.
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De igual forma, el senador del movimiento En Marcha Gustavo Moreno, quien impulsó el proyecto llamado Ley de Igualdad Sancionatoria, fue más allá y aseguró que, además de proteger a los motociclistas de cobros desequilibrados a la hora de ser multados, se acaba el “negocio de las grúas”, pues, según los moteros, esto era algo que impulsaba la inmovilización de sus vehículos.
“11 millones de motocicletas tiene nuestro país, hoy ha sido sancionado el proyecto de ley de igualdad sancionatoria de motos, para acabar el negocio que se tenía de las grúas y parqueaderos y en pocos días entrará en vigencia”, dijo el legislador a través de redes sociales.
“Se acabó el negocio de las grúas y se acabó el negocio de los patios en Colombia. (...) vemos en muchas calles de Colombia persecución a los motociclistas, se le llevaban la moto, y les tocaba pagar el comparendo, los patios y la inmovilización. Muchas veces valía más el comparendo la grúa y los patios que la misma motocicleta y es por eso que muchos colombianos prefirieron dejar perder su motocicleta”, agregó el senador Moreno, quien fue ponente de la iniciativa.
Para finalizar, calificó esta decisión como un acto de justicia por parte del Congreso y señaló que en el país, de los 11 millones de motos que existen, cerca del 60 % de los propietarios las utilizan para trabajar y generar ingresos, razón por la que el proyecto, ahora convertido en Ley es de suma importancia.
¿Por cuáles infracciones ya no inmovilizarán motocicletas?
- Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
- No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
- Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
- Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
- Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.