EPS

¿Puede el Gobierno moverlo de EPS sin que usted lo pida?

La libre escogencia continúa siendo un derecho, salvo en situaciones como liquidaciones o pérdida de habilitación.

GoogleSígale el pulso a la salud en Discover: información sobre bienestar, investigación y tendencias

12 de febrero de 2026, 9:53 a. m.
Los traslados solo pueden darse en casos como liquidación o pérdida de habilitación de la entidad.
Los traslados solo pueden darse en casos como liquidación o pérdida de habilitación de la entidad. Foto: Afidro

En los últimos días circuló entre usuarios del sistema de salud colombiano un rumor que generó preocupación: la posibilidad de que un nuevo decreto obligara a millones de afiliados a cambiar de EPS sin su permiso.

Sin embargo, el Ministerio de Salud y Protección Social ha desmentido esa interpretación y aclarado que, por ahora, no existe ninguna norma vigente que permita traslados automáticos generalizados de personas afiliadas sin su consentimiento.

La inquietud surgió a raíz de la discusión de un proyecto de decreto que busca ajustar el modelo de aseguramiento en salud con criterios técnicos, territoriales y poblacionales, pero que aún está en fase de análisis y no ha sido adoptado como norma oficial.

Ministerio de Salud pide reforzar vacuna contra la fiebre amarilla antes de ingresar a estas zonas endémicas

Las versiones que circularon en redes y medios advirtieron, sin fundamento legal, que dicho proyecto permitiría cambiar de EPS a los afiliados de manera obligatoria.

¿Qué dijo el Ministerio de Salud?

La cartera de salud explicó que el borrador en discusión no propone traslados masivos ni mecanismos indiscriminados para mover afiliados entre EPS sin su autorización.

Por el contrario, el propósito del proyecto es fortalecer la prestación de los servicios de salud y corregir fallas estructurales del sistema, sin vulnerar la libre elección que tienen los usuarios dentro del sistema general de seguridad social en salud.

La libre escogencia de EPS es un principio fundamental del sistema, reconocido en la normatividad colombiana, y solo puede verse limitada en situaciones excepcionales ya previstas por la ley.

Casos en los que sí puede haber traslado

Aunque no existe una norma que permita movimientos obligatorios de afiliados, la legislación actual establece circunstancias específicas en las que puede producirse una reasignación sin que el usuario lo solicite. Entre estas situaciones se encuentran:

Tras acuerdo con el gobierno Petro, Colsubsidio tendrá a cargo, nuevamente, la entrega de medicamentos a usuarios de la Nueva EPS

Liquidación de una EPS que deja de operar.

• Pérdida de habilitación de la entidad para prestar servicios.

• Intervención administrativa forzosa ordenada por la Superintendencia Nacional de Salud que comprometa la continuidad de la atención.

• Presencia de fallas graves en la prestación del servicio que pongan en riesgo la salud de los afiliados.

Conforme se enfrenta a la burocracia del sistema de salud, las historias clínicas de pacientes empiezan a abultarse con múltiples documentos.
Los traslados solo pueden darse en casos como liquidación o pérdida de habilitación de la entidad. Foto: Cortesía de paciente a El País

En estos casos, el Estado puede disponer el traslado de los usuarios a otra EPS para asegurar la cobertura de salud y la continuidad de tratamientos, especialmente en personas con enfermedades crónicas o de alto costo.

EPS intervenidas y cobertura territorial

Uno de los puntos que generó más inquietud fue la posibilidad de que los afiliados fueran enviados a EPS intervenidas por la autoridad sanitaria. El Ministerio fue enfático en aclarar que una intervención no implica cierre inmediato.

Muchas EPS bajo supervisión administrativa continúan operando mientras se corrigen dificultades administrativas o financieras, y cualquier reorganización de afiliados se hace con miras a garantizar la atención médica sin interrupciones.

Libre elección sigue vigente

La libre elección de EPS continúa siendo un derecho de los usuarios. Solo en los escenarios excepcionales descritos liquidación, pérdida de habilitación o intervención que afecte la atención puede ordenarse un traslado para proteger el derecho fundamental a la salud, pero no como regla general ni sin una decisión técnica y supervisada.

Afidro hizo un llamado al Gobierno Nacional por situación de la Nueva EPS: “Se convirtió en una emergencia humanitaria”

Por ahora, aclara el Ministerio, no hay decreto que cambie millones de afiliados sin su consentimiento, y cualquier norma futura deberá respetar este principio básico del sistema de seguridad social.


Más de Salud



Noticias Destacadas